La Corte Suprema falló a favor de una mujer que fue demandada por más de $9 millones por el banco Itaú Corpbanca, luego de dejar de pagar una cuota de su crédito en octubre de 2020. Según el contrato, el banco tenía la facultad de exigir el total de la deuda, lo que hizo en abril de 2021 al presentar una demanda ejecutiva. Sin embargo, la notificación judicial no se realizó sino hasta mayo de 2022, es decir, más de un año después.
La defensa de la mujer alegó prescripción, amparándose en la Ley N° 18.092, que establece que las deudas exigibles se extinguen si no se cobran judicialmente dentro del plazo de un año. Aunque los tribunales de primera y segunda instancia solo aceptaron parcialmente el argumento, la Corte Suprema revocó los fallos anteriores y acogió íntegramente el recurso.
El máximo tribunal determinó que toda la deuda estaba prescrita, dejando a la demandada libre de la obligación y ordenando además que Itaú pague las costas del juicio.
El fallo marca un importante precedente en la aplicación de los plazos de prescripción en demandas de cobranza bancaria.