La decisión fue adoptada por unanimidad y se hará efectiva el 2 de diciembre de 2026. La senadora Fabiola Campillai se opuso al beneficio y solicitó que el condenado cumpliera dos tercios de su pena.
La Comisión de Libertad Condicional de Talca concedió por unanimidad el beneficio de libertad condicional a Patricio Maturana Ojeda, excarabinero condenado por el disparo que dejó ciega a la actual senadora Fabiola Campillai durante una manifestación en San Bernardo, en noviembre de 2019.
Según los antecedentes difundidos por Radio Bío-Bío, la medida comenzará a regir el 2 de diciembre de 2026, fecha en que el condenado cumplirá el tiempo mínimo establecido por la comisión para acceder al beneficio. Actualmente, Maturana cumple su pena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Molina.
Fabiola Campillai manifestó su oposición
La senadora compareció ante la comisión para expresar su rechazo a la decisión. Entre sus argumentos, sostuvo que Maturana debía cumplir al menos dos tercios de su condena antes de acceder a la libertad condicional.
Campillai también cuestionó la ausencia de disculpas y de un arrepentimiento público por parte del condenado. Además, manifestó su preocupación por las consecuencias que su eventual salida de prisión podría tener para su seguridad y bienestar psicológico.
¿Por qué se otorgó el beneficio?
De acuerdo con los antecedentes de la resolución, la comisión determinó que correspondía aplicar el requisito de cumplimiento de la mitad de la condena, debido a que el delito por el que fue sentenciado no se encuentra entre aquellos que exigen cumplir dos tercios de la pena para optar a este beneficio.
La resolución también consignó que la sentencia descartó expresamente calificar los hechos como un crimen de lesa humanidad.
La decisión vuelve a poner en el centro del debate las condiciones de acceso a la libertad condicional y las inquietudes expresadas por las víctimas frente a este tipo de resoluciones judiciales.
Es importante precisar que la libertad condicional es un beneficio sujeto a condiciones y no equivale a la anulación de la condena.