La Corte Suprema de Chile confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que ordena el retiro de diversos electrodomésticos y artículos personales que mantienen internos en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Tiltil, conocido como ex Punta Peuco.
Con esta decisión, el máximo tribunal dejó firme la instrucción de retirar una importante cantidad de artefactos eléctricos que, según los antecedentes, se encontraban al interior del recinto penitenciario.
De acuerdo con lo consignado por La Tercera, el catastro incluye:
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105 refrigeradores
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73 televisores
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74 calefactores
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29 hornos eléctricos, microondas y hervidores
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10 lavadoras secadoras
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75 colchones particulares
La resolución fue adoptada por la Tercera Sala de la Suprema, que además descartó la solicitud para que el fiscal judicial del máximo tribunal, Jorge Pizarro, se constituyera en el penal, calificando esa diligencia como “innecesaria”.
El fallo reafirma lo resuelto previamente por la Corte de Apelaciones y marca un precedente respecto a las condiciones materiales permitidas al interior de los recintos penitenciarios, dejando en manos de Gendarmería la ejecución de la medida.
Con esto, se cierra una etapa judicial y queda ratificada la obligación de ajustar las condiciones del penal a lo establecido por la normativa vigente.